Tras el envío de un comunicado (PV-2021-29740963-GDEBA-DPAEROMSGP) a los Jefes de Aeródromos Públicos y Provinciales, por parte de la Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, la Federación Argentina de Aeroclubes emitió un enérgico comunicado dirigido a la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC).
Dicho comunicado, enviado a los Jefes de Aeródromo, se basa en la Resolución 119/01 de ANAC, la que informa que; «Todo evento aeronáutico, encuentro aéreo, vuelo de bautismo y/o festival aéreo debe ser autorizado en forma previa por esa Autoridad de aplicación nacional».
La aeroaplicación clandestina en la mira de la ANAC
Y agrega; «una vez obtenida la autorización de la ANAC, los usuarios deberán comunicar indefectiblemente a esta Dirección de Planificación Aeroportuaria, para nuestro conocimiento e intervención».
A continuación, les compartimos el comunicado oficial emitido por la Federación Argentina de Aeroclubes, rechazando el comunicado del Gobierno de la Provincia y exhortando a la ANAC a actuar:
Desde la Federación Argentina de Aeroclubes vemos con preocupación las injustificadas restricciones que se están adoptando con relación a la actividad de vuelo de los Aeroclubes de toda la República Argentina y el avasallamiento de derechos y garantías constitucionales como la libertad y el principio de legalidad (articulo 18 y 19 de la Constitución Nacional).
RECHAZAMOS ENÉRGICAMENTE el comunicado remitido por el Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (PV-2021-29740963-GDEBA-DPAEROMSGP) por no resultar autoridad aeronáutica competente y violentar los poderes constitucionales delegados al Estado Nacional, al adoptar decisiones inherentes a la navegación aérea por encima de la Autoridad Aeronáutica (artículo 126 de la Constitución Nacional y Ley 17.285), distorsionando los alcances de la Resolución 119/2001, desconociendo el carácter federal del derecho aeronáutico y borrando violentamente a la Administración Nacional de Aviación Civil.
En atención a los reiterados reclamos que efectuáramos desde hace casi dos años, EXHORTAMOS A LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL a publicar en el Boletín Oficial la resolución 874/2019 mediante la cual se reglamentaran los vuelos de bautismos y la actividad comercial complementaria conforme lo ordenado por el decreto 3039/73, ello bajo apercibimiento de iniciar las acciones legales que por derecho nos asisten a esta Federación y a todos los Aeroclubes de nuestra República Argentina que ven seriamente conculcados sus derechos con base en una tozudez infundada. Resulta oportuno recordar lo que reza la web de ANAC:
“PROGRAMA NACIONAL PARA EL FOMENTO DE LA AVIACIÓN CIVIL ARGENTINA”
A fin de dar cumplimiento con las funciones y facultades de la ANAC en lo referente al desarrollo de la aviación, con fecha 17 de julio de 2012, el Administrador Nacional sancionó la Resolución 474/2012 en virtud de la cual instruyó a la Unidad de Planificación y Control de Gestión, a elaborar el “Programa Nacional para el Fomento de la Aviación Civil Argentina” con los siguientes cuatro lineamientos básicos:
– Campaña de Divulgación de la Actividad Aeronáutica Civil – Aspectos Recreativos – Potencial Salida Laboral.
– Modernización del Parque Aeronáutico Argentino de Escuelas de Vuelo e Instituciones Aerodeportivas.
– Creación de la Escuela Nacional de Capacitación Aeronáutica – Proyecto de Unificación de los Contenidos de los Programas para la Capacitación y Formación de Pilotos.
– Sinergización Estratégica del Potencial Nacional en Materia de Diseño, Desarrollo y Producción Aeronáutica.
LA SOLUCIÓN NO ES PROHIBIR. LA SOLUCIÓN ES GESTIONAR LOS RIESGOS, REGULAR Y FISCALIZAR.
NO MATEMOS A LA AVIACIÓN GENERAL
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Last Updated on 15/11/2021 by Sebastián Martín Ventola
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